Derecho Penal, Derechos Humanos y Guantánamo

Aunque parezca increíble, a estas alturas del desarrollo de la humanidad, bajo las órdenes de su anterior Presidente George W. Bush, los Estados Unidos de América crearon una prisión, en la Bahía de Guantánamo, Cuba, donde se practica la tortura como método de interrogatorio, donde los detenidos no están formalmente acusados, donde los principios del debido proceso, juez natural, justicia pronta y cumplida, o la presunción de inocencia, pilares de todo sistema penal de un Estado democrático, no existen. Semejante medida se pretendió “justificar” alegando que los allí detenidos son terroristas, enemigos jurados de los estadounidenses, y que para ganar la “guerra contra el terror” es preciso recurrir a medidas excepcionales, que sobrepasan el simple recurso al Derecho Penal ordinario.

Repaso histórico. Sin embargo, conviene recordar que el moderno Estado de Derecho se forjó, en parte, a través de la lucha contra el despotismo y la represión del ancien régime, combatiendo las arbitrariedades que permitían los sistemas penales y procesales de aquella época. En ese marco, las ideas de filósofos como Montesquieu, Voltaire, Rousseau, y de penalistas como Beccaria, desembocaron en el nacimiento de principios y valores que son considerados, hoy día, como esenciales y pilares de todo sistema democrático. Entre ellos, se encuentran los principios de legalidad, de igualdad ante la ley, de la limitación del poder punitivo del Estado, la presunción de inocencia y el principio de proporcionalidad de la pena. Las democracias se distinguen de las dictaduras, en gran medida, por el respeto de estos principios y valores, que regulan el Poder estatal y protegen la dignidad de la persona humana.

El fin no justifica los medios. El episodio de Guantánamo será recordado, sin lugar a dudas, como un lunar en la historia de una nación que, en otras épocas, ha sido faro y guía para sus pares. Como bien ha señalado el profesor español Francisco Muñoz Conde, analizando lo que se conoce como “Derecho Penal del enemigo”, cuando las dictaduras mancillan derechos fundamentales y torturan a presos políticos, nadie duda que haya un uso ilegítimo y perverso del Derecho represivo. Entonces, ¿por qué juzgar de otra manera la utilización de esas mismas tácticas por un Estado democrático? El fin no justifica los medios. Si bien debe reconocerse que la lucha contra las modernas formas de criminalidad, entre ellas el terrorismo, plantea desafíos y retos considerables a los Estados, lo cierto es que el “combate” debe hacerse dentro del Estado de Derecho, respetando las Convenciones y Tratados sobre Derechos Humanos, así como las reglas aplicables a los conflictos militares, contenidas en las Convenciones de la Haya y de Ginebra.

Hacia el respeto de los Derechos Humanos. Por lo anterior, aplaudimos la decisión tomada por el Presidente Obama, quien, en la alborada de su administración y cumpliendo con promesas de campaña, giró órdenes ejecutivas para el cierre de la prisión de Guantánamo y prohibió el uso de la tortura como método de interrogatorio. Esas medidas, si bien plantean algunas interrogantes prácticas (¿qué va a pasar con los presos?), producirán importantes efectos jurídicos y políticos. En el primer ámbito, constituyen un paso esencial hacia el respeto de los Derechos Humanos, hacia la legalización y regularización de la situación de quienes han estado detenidos desde el 2001 en esa prisión. En el segundo, se trata de una buena estrategia de comunicación política, con la que el Presidente Obama busca restaurar la resquebrajada “autoridad moral” de su país y, de paso, distanciarse de las fallidas políticas de la administración Bush. Finalmente, porque al igual que el resto del mundo, los países del oriente tienen puestos sus ojos en el nuevo Presidente, a la espera del nacimiento de una nueva era en las relaciones diplomáticas con los Estados Unidos. Como ha quedado visto, la novel presidencia ha comenzado tendiéndole la mano a la justicia, al derecho y a la prudencia. Esperamos que continúe por esa senda.