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Entrevista sobre medidas cautelares dictadas en caso “Cochinilla”:

Intenso fin de semana en lluvias, seco en votos, y agitado en el ambiente social por las repercusiones que generan las medidas cautelares para los implicados en el caso “cochinilla”. Así empezamos el lunes.

Como respuesta inmediata, el Ministerio Público apeló ante el Tribunal Penal de Goicoechea, la decisión de primera instancia de la Jueza Penal de Hacienda, Carolina Lizano, de emitir orden de libertad a favor de Mélida Solís Vargas (H.Solís) y Carlos Cerdas Araya (MECO), previo depósito que formalizarán en las próximas horas de $3 y $5 millones de caución real, respectivamente.

El órgano acusador insistió este domingo en la necesidad de imponer prisión preventiva de un año tanto para los dos poderosos empresarios como para otros 11 imputados respecto de quienes también se había considerado necesario establecer privativa de libertad. El argumento es que las medidas adoptadas no son suficientes para evitar peligros de fuga y maniobras de obstaculización del caso.

En total, 26 imputados salieron de las celdas del segundo circuito judicial el sábado con medidas cautelares que variaron desde el arresto domiciliario y la separación temporal de cargos públicos, hasta la entrega de pasaportes, la firma semanal ante el juzgado, no acercarse al CONAVI, no hablar con personas relacionadas con el caso y, para un único indiciado (Tobías Arce Alpízar, presunto mensajero que llevaba las dádivas) uso de tobillera electrónica.

¿Se justifica o no la prisión de un año en un caso como este? ¿Las medidas cautelares fijadas fueron proporcionales y disuasorias respecto del tamaño de los presuntos delitos cometidos? ¿La instancia de apelación que conocerá ahora los alegatos del Ministerio Público, podría enviar a prisión en cualquier momento a algunos de los encartados? Con el penalista Rodolfo Brenes Vargas lo conversamos en Hablando Claro.

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